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Tras la reforma legal, ¿se puede pedir la custodia de un perro?
Como comentábamos en un post anterior y dejando claro que aún queda mucho camino por recorrer, el Congreso de los Diputados ha dado un gran paso en lo que al cuidado de nuestras mascotas se refiere. Con la Proposición de Ley para reformar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, los animales de compañía dejarán de ser considerados cosas (bienes muebles) para convertirse en “seres vivos y sintientes”, por lo que no podrán ser embargados para saldar deudas, entre otros avances.
Pero a tenor de las reacciones y de la gran cobertura periodística, el tema que más interés ha despertado ha sido el tratamiento que recibirán las mascotas tras una separación. A continuación hacemos un repaso a algunos puntos clave.
Con la reforma, ¿se puede pedir la custodia de un perro?
Sí, se puede pedir la custodia de un perro. En esta reforma legal, los animales de compañía, en caso de existir en una determinada unidad familiar, son un punto más a tratar en el convenio regulador tras el divorcio. Y por tanto, uno de los cónyuges podrá solicitar su custodia tras la ruptura o el juez podrá determinar una custodia compartida, como ocurre ya habitualmente en el caso de los hijos.
¿Qué se tenía en cuenta antes para determinar la custodia?
Hasta ahora, la gran mayoría de separaciones en las que había una mascota en la unidad familiar se resolvían con un acuerdo entre las partes. Sin embargo, no siempre ocurría así y era el juez el que determinaba con quién debía quedarse el animal. Y al ser tratados como cosas, la decisión caía del lado de su ‘propietario oficial’, es decir, aquél que la tenía registrada a su nombre en el chip, pues hasta ahora no puede tramitarse un chip de perro a nombre de dos personas. Otra decisión habitual, en el caso de que hubiera hijos de por medio, era que la mascota acompañará siempre a los niños por el bien emocional que el animal les aporta.
¿Qué se tiene en cuenta ahora para determinar la custodia?
Ahora se introduce un nuevo aspecto que lo cambia todo: el juez tomará su decisión “atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal”, puesto que ya son “seres vivos dotados de sensibilidad”.
Esto es un reconocimiento expreso de que, en caso de separación, las mascotas pueden pasarlo mal anímicamente y que el acuerdo final entre las partes (o la decisión del juez) debe ser la más beneficiosa para esta tercera parte implicada, independientemente de quien sea el ‘propietario oficial’ del animal, aunque este es un aspecto no desarrollado en la Proposición de Ley.
De hecho, esta reforma legal no toca otros aspectos más específicos relacionados con los trámites y censos, como el procedimiento para cambiar los datos del chip del perro en caso de separación. De seguir como ahora, el procedimiento seguirá dependiendo de los Colegios de Veterinarios y de los censos oficiales, en los que se requiere un permiso expreso del antiguo propietario para cambiar de nombre en dicho chip.
Breves recomendaciones tras un divorcio
Como recuerdan los adiestradores caninos, el divorcio puede ser motivo de ‘bajones’ anímicos y trastornos conductuales en tu mascota. Por ello, te damos algunas breves recomendaciones para que tu perro sufra lo menos posible esta nueva situación:
– Llegar a un acuerdo sobre el cuidado de la mascota. La buena noticia, como hemos indicado, es que ese acuerdo ya podrá ser, por ley, una custodia compartida. Y si eso no fuera posible, lo ideal es que se quede donde mayor bienestar vaya a experimentar, en función de factores como:
Quién la va a poder llevar de paseo más a menudo
Quién tiene la casa más adecuada para su vida cotidiana (superficie, temperatura, cercanía al veterinario, etc.). Esto es fundamental en el caso de gatos, que son más territoriales y hogareños
Con quién está más apegado
– Mantener las visitas del cónyuge que no se queda con su custodia
– Redoblar el afecto y las rutinas positivas con tu mascota: cepillados, caricias, paseos, etc.
– Reducir al máximo sus periodos de soledad. Y en la medida de lo posible, rodearse de amigos y familiares que ‘llenen’ la casa y den una energía positiva al entorno. ¡Será una ayuda para ambos!
Por último, cabe recordar que el término “ansiedad por separación” no se puede aplicar a estos casos, pues no hace referencia al divorcio sino al momento en que el perro se queda solo en casa cuando su amo sale del domicilio.
Si tienes alguna duda concreta sobre estos temas o sobre una custodia mientras se tramita esta reforma del Código Civil, consulta a un especialista en estos temas legales. Todo hace indicar que tras este cambio normativo, aparecerá con fuerza la especialización del abogado para la custodia de perros.